Facultad de Atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México en el Juicio de Amparo, análisis comparativo de un caso de competencia originaria de la corte
DOI:
https://doi.org/10.29105/dj4.7-151Palabras clave:
Facultad de atracción, Juicio de amparo, Suprema Corte, Competencia originariaResumen
En este documento se abordará la figura de facultad de atracción que posee la Suprema Corte de Justicia de la Nación (en lo subsecuente, SCJN), concretamente en el juicio de amparo, lo cual le otorga la posibilidad de conocer de asuntos que originalmente no son de su competencia, y a la vez se hará un análisis comparativo de dicha facultad con un caso de amparo directo en revisión que resulta ser un asunto de competencia originaria de la SCJN.
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Referencias:
Cabrera Acevedo, L. (1989). Notas sobre la traducción de tesis y las facultades discrecionales de la Suprema Corte de Justicia en México y en los Estados Unidos. Revista de la Facultad de Derecho de México, UNAM. 166, 59-81. https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad-derecho-mx/article/view/27790/25110
De Pina Vara, R. (2000). Diccionario de Derecho. Porrúa.
Pardo Rebolledo, J.M., Castañón Ramírez, A. y Silva Díaz, R. A. (2014). Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Rojas Amandi, V. (2011). El recurso de revisión de las sentencias de amparo directo ante la Suprema Corte. En E., Ferrer Mac-Gregor & M., González Oropeza (eds.), El juicio de amparo. A 160 años de la primera sentencia, tomo II (pp. 301-322). Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/id/3066
Suárez Ávila, A. (2017). Usos e interpretación de la facultad de atracción en el juicio de amparo por la SCJN. En E., Ferrer Mac-Gregor & A., Herrera (eds.), El juicio de amparo en el centenario de la Constitución mexicana de 1917, Pasado, presente y futuro, tomo I. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4317/30.pdf
Acuerdos Generales
Acuerdo general número 9/2015, de ocho de junio de dos mil quince, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece las bases generales para la procedencia y tramitación de los recursos de revisión en amparo directo.”, esto para indicar que existe una reglamentación de los conceptos de “importancia y trascendencia. (2015). https://www.scjn.gob.mx/pleno/secretaria-general-de-acuerdos/acuerdos-generales-plenarios?field_normativa__anio_value=All&field_num_de_acuerdo__value=&field_rubro_acuerdo_value=&field_clasificacion_formal_target_id=All&page=14
Cartas Constitucionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Diario Oficial de la Federación 22 de marzo de 2024. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Decretos
DECRETO mediante el cual se declaran reformados los artículos 21, 55, 73, 76, 79, 89, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111, 116, 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación 31 de diciembre de 1994. https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cpeum/decretos_reformas/2016-12/00130133_20.pdf
DECRETO por el que se reforman los artículos 94, 97, 100 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 1999. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4949671&fecha=11/06/1999#gsc.tab=0
DECRETO por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al Poder Judicial de la Federación. Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2021.https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_246_11mar21.pdf
Dictamen
Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, con proyecto de Decreto que reforma los artículos 94, 97, 100 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Gaceta Parlamentaria, año II, número 254-IV, 29 de abril de 1999. https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/57/1999/abr/19990429-IV.html
Jurisprudencia
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Registro digital: 2000579, Instancia: Segunda Sala, Décima Época, Materias(s): Común, Tesis: 2a./J. 33/2012 (10a.), Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro VII, Abril de 2012, Tomo 2, página 1033, Tipo: Jurisprudencia. https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2000579
Leyes
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2013, 2 de abril). Última reforma Diario Oficial de la Federación 07 de junio de 2021. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf
Páginas electrónicas
Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Subsecretaría General de Acuerdos. (29 de octubre de 2020). Amparo Directo en Revisión 3305/2020. https://www.scjn.gob.mx/
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (18 de agosto de 2021) Amparo Directo en Revisión 3305/2020. https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2021-08/ADR-3305-2020-09082021.pdf
Suárez Ávila, A. (2017). Usos e interpretación de la facultad de atracción en el juicio de amparo por la SCJN. En E., Ferrer Mac-Gregor & A., Herrera (eds.), El juicio de amparo en el centenario de la Constitución mexicana de 1917, Pasado, presente y futuro, tomo I. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4317/30.pdf
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